Servicios.
La ley 2/2014, de 4 de abril de Seguridad Privada, encuadra al GUARDA RURAL en dicha actividadad privada, y bajo la dependencia de la Guardia Civil.
Las funciones de un Guarda Rural sonla vigilancia y protección de personas y bienes en fincas rústicas, en instalaciones agrícolas, industriales, comerciales y turísticas que se encuentren en dichas zonas rústicas.
Además en zona de caza, el Guarda de caza ( que tiene que ser Guerda Rural primeramente), dará vigilancia y protección a dicha actividad.
En zonas de reserva piscícola, también tiene competencias de vigilancia fluvial.
Los Guardas Rurales, podrán desarrollar sus funciones sin estar englobados en ninguna empresa de seguridad, lo podrán hacer directamente con los titulares de los bienes.
Pueden trabajar por cuenta propia y poseer licencia de armas tipo C, especial para seguridad privada.